¡Es ley! Congreso de CDMX aprueba “Ley Malena” para castigar violencia ácida y considerarla tentativa de homicidio

COMPARTA ESTE ARTÍCULO
Tiempo de lectura: 2 minutos

Portada: Unsplash

(08 DE FEBRERO, 2024).- Este jueves, el Congreso capitalino aprobó el dictamen procedente de Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia, que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y del Código Penal para el Distrito Federal, en materia de violencia ácida.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Ana Francis López Bayghen, de Morena, informó que en México no hay cifras ni registros oficiales precisos de ataques con ácido, sin embargo, la Fundación Carmen Sánchez, que brinda atención a mujeres afectadas por este tipo de agresiones, lleva un registro de 28 víctimas en las últimas dos décadas, en que el 85 por ciento de los casos, el autor intelectual fue un hombre. De ese total, cinco de los agresores eran parejas sentimentales de la víctima y 11 ex parejas.

En este contexto, con la aprobación de este instrumento legislativo se establece que la Secretaría de Salud contará con un lapso no mayor a 90 días naturales a la entrada en vigor del decreto para que en coordinación con las autoridades competentes y a efecto de llevar un registro oficial, remitan información y estadísticas sobre las personas atendidas en caso de violencia por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas.

Además, la Secretaría de las Mujeres en coordinación con las secretarías de Seguridad Ciudadana; Inclusión y Bienestar Social; Salud, y la Fiscalía General de Justicia, el Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación, el Sistema Integral para el Desarrollo de la Familia y las comisiones Ejecutiva de Atención a Víctimas y de Derechos Humanos, formularán una política pública de atención integral a las víctimas.

Entre las diversas adiciones aprobadas al Código Penal para el Distrito Federal, se establece que, a quien por si o por interpósita persona cause lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas, que provoquen lesiones ya sean internas, externas o ambas, se le impondrá de ocho a 12 años de prisión y multa de trescientas a setecientas veces la unidad de medida y actualización vigente.

El dictamen también considera que cuando las lesiones por ataques con ácido o similares sean cometidos en contra de una mujer en razón de su género, la pena establecida aumentará hasta en una mitad; establece entre otras cuestiones, cuando se cometa en contra de mujeres transexuales o transgénero, por razones que deriven de su orientación sexual, identidad o expresión de género.

CONOCE MÁS:

Imprescindible, garantizar derecho de la juventud al trabajo: Marath Bolaños

COMPARTA ESTE ARTÍCULO

Entradas relacionadas