Portada: Rapé
(30 DE NOVIEMBRE, 2023).- Este jueves, el Instituto Nacional Electoral (INE), informó que Movimiento Ciudadano (MC), denunció a Xóchitl Gálvez Ruiz y a los partidos integrantes de la coalición Frente Amplio Por México, por la colocación de dos anuncios espectaculares en la Ciudad de México, así como la difusión de dos promocionales publicados en la plataforma digital YouTube del Partido Acción Nacional (PAN), en los que, a decir de los quejosos, se emiten mensajes que contienen propuestas de campaña y no contienen la precisión del carácter de precandidata a la Presidencia de la República de la referida denunciada.
Al respecto, el colegiado determinó improcedente ordenar el retiro de un espectacular.. Sin embargo, se otorgaron medidas cautelares para el segundo espectacular y los promocionales denunciados, debido a que no especifican la calidad de la precandidatura que se promueve.
Por lo anterior, se ordenó al PAN y a Xóchitl Gálvez Ruiz que, en un plazo no mayor a seis horas, sustituyan o modifiquen el contenido del anuncio espectacular denunciado y sustituyan o modifiquen los videos alojados en el canal de YouTube del PAN.
Por otro lado, el partido Morena denunció, por un lado, las manifestaciones realizadas en una entrevista difundida el 14 de noviembre de 2023 en la red social YouTube de la fracción parlamentaria del PAN en el Senado de la República y, por otro lado, la publicación en la página de Facebook del Partido de la Revolución Democrática (PRD) de fotografías en las que aparecen menores de edad.
En tanto, el PAN y el PRD denunciaron al partido MC y a Samuel Alejandro García Sepúlveda, Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, por la difusión de sendos promocionales de radio y televisión, pues a decir del quejoso, estos constituyen promoción personalizada.
La Comisión informó que otorgó medidas cautelares porque, bajo la apariencia del buen derecho, se observa un uso indebido de la pauta asignada al partido político, ya que el denunciado actualmente ocupa el cargo de Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, lo que se considera promoción personalizada y va en contra del modelo de comunicación política. Como resultado, se ordena al partido reemplazar los promocionales en un plazo máximo de seis horas, y las emisoras de televisión y radio deben detener su transmisión en un plazo de 12 horas. Asimismo, se rechazó la solicitud de tutela preventiva porque son hechos futuros de realización incierta.
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