“El SAT no pidió la constancia de situación fiscal, ningún empleador puede condicionar pagos”: Buenrostro

REDACCIÓN
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Portada: Mañanera

(08 DE JULIO, 2022).- La mañana de este viernes, Raquel Buenrostro, titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), aclaró que el organismo no exigió la constancia de situación fiscal.

“El SAT no pidió la constancia de situación fiscal, la factura o el timbrado lo único que tiene que tener es el código postal y el nombre correcto del trabajador, si tiene el nombre correcto y el código postal, el patrón no tiene porque hacer exigible la constancia de situación fiscal para timbrar la nómina.

“La otra, una cosa es la materia fiscal y otra la materia laboral, ningún empleador puede condicionar el pago de un trabajo ya devengado por un trámite administrativo de ningún tipo”, afirmó.

Desde la conferencia de prensa mañanera, la funcionaria explicó que si las empresas tienen el nombre correcto y el código postal de sus empleados, el trámite no debe ser obligatorio.

En este contexto, aseguró que al no ser un trámite obligatorio, los empleadores no pueden condicionar el pago. La funcionaria aseveró que la fecha límite de entrega era el 1 de julio. No obstante, el 8 de junio se emitió una prórroga para el 1 de enero del 2023.

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