SCJN blinda reforma judicial y rechaza impugnaciones por amparo

José Shaddai Olvera Torres
2 Minutos
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(29 DE MAYO, 2026).-La Corte sostuvo que las reformas constitucionales no pueden impugnarse vía amparo y revocó una sentencia contra la reforma judicial de 2024.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó este jueves un amparo concedido contra la reforma judicial de 2024 y reiteró que las modificaciones a la Constitución no pueden impugnarse mediante juicios de amparo.

Por mayoría, el Pleno aprobó el proyecto del ministro Arístides Rodrigo Guerrero García dentro del amparo en revisión 555/2025, con lo que dejó sin efecto la resolución de un juez federal de Querétaro que había dado la razón a un grupo de magistrados inconformes con la reforma.

Corte declara improcedente el amparo

La SCJN determinó que el juicio era improcedente con base en el artículo 61 de la Ley de Amparo, que prohíbe controvertir reformas constitucionales por esa vía.

La resolución también desechó la ampliación de la demanda presentada contra el decreto del 31 de octubre de 2024 y contra la disposición legal que establece la inimpugnabilidad de cambios a la Carta Magna.

Lenia Batres: “Su contenido no está sujeto a discusión”

Durante la sesión, la ministra Lenia Batres Guadarrama defendió el criterio de la Corte y señaló que durante el proceso judicial se promovieron cientos de recursos contra la reforma.

“Se trata de juicios que fueron admitidos y resueltos por la anterior conformación del Poder Judicial de la Federación”, afirmó.

Batres agregó que se identificaron al menos 610 solicitudes de suspensión y que 365 de ellas buscaban frenar parcial o totalmente la entrada en vigor de la reforma judicial.

“La reforma en materia del Poder Judicial con esta resolución reafirma su vigencia constitucional y, por lo tanto, su contenido no está sujeto a discusión ni a través de juicios de amparo ni mediante incidentes de suspensión”, declaró.

Loretta Ortiz respalda el criterio

La ministra Loretta Ortiz Ahlf votó a favor del proyecto, aunque con consideraciones distintas.

Sostuvo que la imposibilidad de impugnar reformas constitucionales no nació con la reforma de octubre de 2024, sino que ya formaba parte del diseño constitucional mexicano y de criterios previos de la propia Corte.

Antecedentes de la reforma judicial

La reforma judicial aprobada en septiembre de 2024 permitió la elección popular de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial.

Diversos sectores promovieron recursos legales al considerar que la reforma vulneraba principios constitucionales como legalidad e irretroactividad.

Sin embargo, la Corte reiteró que las reformas constitucionales no pueden revisarse mediante amparo.

Otros fallos relacionados

La SCJN ya había respaldado anteriormente criterios similares relacionados con la reforma judicial.

El pasado 14 de enero, el máximo tribunal sobreseyó una controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral (INE) contra normas vinculadas con la elección de integrantes del Poder Judicial.

En esa ocasión, la Corte argumentó que las controversias constitucionales tampoco proceden contra normas electorales en ciertos supuestos establecidos por la Constitución.

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