Senado aprueba reforma para poner tope a pensiones de funcionarios públicos

José Shaddai Olvera Torres
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Portada: Monero Hernández

(12 DE MARZO, 2026).-El Senado de la República aprobó la reforma al artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer un tope a las pensiones de funcionarios públicos de organismos descentralizados, empresas públicas del Estado y diversas entidades paraestatales, las cuales no podrán exceder la mitad de la remuneración asignada a la persona titular del Poder Ejecutivo Federal.

El proyecto fue avalado en lo general por unanimidad, con 116 votos a favor, mientras que en lo particular obtuvo 109 votos a favor y seis abstenciones. Tras su aprobación, la Mesa Directiva instruyó remitir el dictamen a la Cámara de Diputados de México para continuar el proceso legislativo.

Alcance de la reforma

La modificación constitucional establece límites a las pensiones de funcionarios de sociedades nacionales de crédito, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos que constituyan entidades paraestatales del gobierno federal. Asimismo, la medida se aplicará a organismos descentralizados y empresas públicas de las entidades federativas y municipios.

El texto precisa que contratos laborales, condiciones generales de trabajo y otros instrumentos jurídicos no podrán fijar beneficios que superen el límite constitucional establecido.

Quedan excluidas de esta disposición las pensiones de las Fuerzas Armadas, las jubilaciones derivadas de aportaciones voluntarias a sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales, aquellas financiadas mediante aportaciones sindicales en esquemas complementarios y la pensión no contributiva.

Una disposición transitoria señala que las jubilaciones y pensiones vigentes que no estén dentro de las excepciones deberán ajustarse al nuevo límite una vez que la reforma entre en vigor, por lo que los entes públicos deberán revisar y adecuar contratos y esquemas pensionarios existentes.

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