Comisión de Salud avala prohibición total de vapeadores y propone penas de hasta 8 años de prisión

José Shaddai Olvera Torres
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Portada: iStock

(26 DE NOVIEMBRE, 2025).-La Comisión de Salud, presidida por el diputado Pedro Mario Zenteno Santaella (Morena), aprobó por 27 votos a favor, ocho en contra y una abstención, el dictamen a la iniciativa que reforma la Ley General de Salud, sobre prohibición de cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros sistemas o dispositivos análogos, y otras materias que fortalecen la atención de la salud de la población.

La iniciativa, presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, plantea incorporar un capítulo nuevo a esta ley, para definir qué se entiende por cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos: todo aparato o sistema mecánico, electrónico o de cualquier tecnología, que se utilice para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas, con o sin nicotina, diferentes al tabaco, susceptibles de ser inhaladas por la persona consumidora.

En su artículo 282 Quater establece que queda prohibido en todo el territorio nacional la adquisición, preparación, conservación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de estos cigarrillos electrónicos. Así como actos de publicidad o propaganda para que se consuman a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación.

Menciona que al que realice por cualquier medio alguna de las conductas a que se refiere el citado artículo, se le impondrá de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de cien a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Las autoridades sanitarias competentes podrán hacer uso de las medidas legales necesarias, incluyendo el auxilio de las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno en el ámbito de sus competencias, para lograr la ejecución de las sanciones y medidas de seguridad que procedan.

Otras modificaciones son para promover el establecimiento del Sistema Nacional de Información en Salud como mecanismos de reporte y acopio de información estadística y nominal.

Integrar y administrar una base nacional de información en salud con información de la prestación de los servicios, la infraestructura y el equipo médico, que permita la evaluación del desempeño de los integrantes del Sistema Nacional de Salud, el intercambio de servicios y la planeación estratégica de las políticas, los criterios y las directrices en materia de salud.

También se busca coordinar la planeación de la creación, sustitución y ampliación de unidades médicas, así como para el equipamiento médico de alta tecnología, mediante la implementación del Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico de Alta Tecnología.

Asimismo, llevar a cabo el control respecto de la preparación, aplicación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y distribución de medicamentos, productos biológicos, vacunas, insumos y dispositivos médicos, a excepción de los de uso veterinario.

Establecer el concepto de Salud Digital como un componente de salubridad general y crear un capítulo específico. Con ello se reconoce el papel estratégico de las tecnologías de la información en la prestación de servicios, gestión clínica, vigilancia epidemiológica y atención remota.

Se faculta a la Secretaría de Salud como instancia rectora de la planeación, creación, sustitución y ampliación de unidades médicas, y del equipamiento médico de alta tecnología, mediante la implementación del Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud.

Incorpora como instancia para la atención de quejas médicas y resolución técnica a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED), promoviendo mecanismos alternativos de solución de controversias y fortaleciendo la seguridad del paciente y su articulación con las entidades federativas y las instituciones públicas de salud.

En la última década, los vapeadores irrumpieron en el mercado como la alternativa “moderna” al cigarro tradicional. Su diseño discreto, los sabores atractivos y la idea de que son menos dañinos impulsaron su popularidad, especialmente entre jóvenes. Sin embargo, la evidencia científica avanza en otra dirección: lejos de ser inocuos, estos dispositivos representan riesgos concretos para la salud.

Investigaciones de organismos internacionales de salud coinciden en que el aerosol generado por los vapeadores no es “vapor de agua”, sino una mezcla de sustancias irritantes y, en algunos casos, tóxicas. Entre ellas se encuentran aldehídos como formaldehído y acetaldehído —relacionados con procesos cancerígenos—, además de partículas ultrafinas que pueden alojarse en los pulmones. La inhalación constante de estos compuestos se ha vinculado con inflamación respiratoria, bronquitis crónica y disminución de la capacidad pulmonar en personas jóvenes.

A la lista se suma la nicotina. Aunque algunos productos se anuncian como “libres”, muchos dispositivos contienen concentraciones superiores a las de un cigarro convencional, especialmente las versiones con sales de nicotina, que se absorben más rápido y generan un grado alto de dependencia. Esto ha encendido las alarmas en los sistemas de salud debido al aumento de adolescentes que desarrollan adicción a temprana edad, con impactos en memoria, atención y control de impulsos.

El sistema cardiovascular tampoco queda exento. Estudios recientes muestran que el vapeo eleva la frecuencia cardiaca y la presión arterial, al tiempo que deteriora el endotelio, la capa interna de los vasos sanguíneos. Estas alteraciones, repetidas en el tiempo, elevan el riesgo de enfermedades del corazón.

A ello se agregan otros peligros menos conocidos: la exposición a metales pesados como plomo, níquel y cromo —derivados de las resistencias de los dispositivos—, así como el uso de saborizantes que, al calentarse, pueden generar compuestos asociados con enfermedades pulmonares graves, incluida la bronquiolitis obliterante.

Aunque algunos estudios comparan el vapeo con el daño del tabaco tradicional, especialistas advierten que la referencia no debe confundir: que algo sea “menos dañino” no lo vuelve seguro. La Organización Mundial de la Salud, los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) y la Organización Panamericana de la Salud coinciden en una conclusión: el vapeo conlleva riesgos serios, especialmente para adolescentes, mujeres embarazadas y usuarios frecuentes.

Detrás del aroma frutal y los diseños minimalistas, los vapeadores han construido una imagen de modernidad que no necesariamente coincide con su impacto real en el organismo. Entre la evidencia acumulada y el uso creciente en la población joven, las autoridades sanitarias insisten en un mensaje claro: el vapeo no es un hábito inocente. Puede que no huela a tabaco, pero sí deja huella en la salud.

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