El fortalecimiento de las empresas públicas ya es constitucional en la estrategia de soberanía energética

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(29 DE OCTUBRE, 2024).-El día de hoy, la Cámara de Diputados declaró reformados los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de México. Esta reforma implica la sustitución del término “empresas productivas del Estado” por “empresas públicas del Estado”. Además, establece que no se otorgarán concesiones para la explotación del litio, enfatizando su relevancia como recurso estratégico.

La presidenta Claudia Sheinbaum ha destacado en varias ocasiones la importancia de estas reformas para fortalecer las empresas públicas y asegurar la autosuficiencia energética del país, al tiempo que se define la participación de empresas privadas en la industria eléctrica, garantizando que no prevalezcan sobre las empresas públicas del Estado.

En los transitorios, se estipula que el Congreso de la Unión contará con un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto para realizar las adecuaciones necesarias a las leyes secundarias. Asimismo, se derogan las disposiciones anteriores que contradigan el nuevo decreto, incluyendo los artículos transitorios de la reforma energética publicada el 20 de diciembre de 2013.

La aprobación de hoy se considera un paso importante hacia la consolidación de la soberanía nacional sobre los recursos energéticos, un objetivo central de la administración actual.

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Cámara de Diputados aprueba la reforma que modifica las empresas productivas del Estado a empresas públicas.

 

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