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(22 DE AGOSTO, 2024).- El Consejero Electoral Uuc-kib Espadas, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE), recordó que desde 2009 la asignación de cargos de Representación Proporcional parte de evaluar a los partidos por separado y no en coalición.
Así lo dijo en el programa radiofónico de Eduardo Ruiz-Healy en Grupo Fórmula. El consejero ofreció una explicación detallada sobre cómo se lleva a cabo la asignación de diputaciones y senadurías en México bajo el principio de Representación Proporcional,.
Primero, aclaró qu en el Sistema Electoral Mexicano, además de los diputados y senadores que se eligen por Mayoría Relativa en cada distrito o entidad, existe una asignación de curules bajo el principio de Representación Proporcional. Para la Cámara de Diputados, por ejemplo, se eligen 300 diputados por Mayoría Relativa y 200 por Representación Proporcional.
“La regla básica es simple: si un partido obtiene el 10 % de los votos, debería tener en principio el 10 % de las diputaciones de Representación Proporcional, es decir, 20 diputados”, explicó.
No constante, dijo, existen ciertas particularidades que complican esta distribución, como el hecho de que no cuentan los votos nulos ni aquellos emitidos por partidos que no alcanzan el 3 % del total de votos.
Por otro lado, respecto al límite de la sobrerrepresentación, se establece que la suma de diputados obtenidos por Mayoría Relativa y Representación Proporcional no puede exceder en más de un 8 % la proporción de votos que el partido obtuvo. Esto no aplica por coalición.
Recordó que este criterio no es nuevo, sino ha sido aplicado desde 2009:
“El criterio aplicado desde 2009 ha sido evaluar a los partidos de manera individual, pero actualmente existe una discusión sobre si este enfoque debiese cambiar para aplicarse a las coaliciones en su conjunto,”finalizó.
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