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(22 de junio, 2021).- Este martes, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) informó que presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una demanda de acción de inconstitucionalidad contra diversas disposiciones de la nueva Ley de la Fiscalía General de la República (FGR).
El organismo detalló que esta acción fue producto de “un vasto trabajo de diálogo, tanto con organizaciones de la sociedad civil como con autoridades involucradas en el tema”.
Derivado de esto, la Comisión llevó a cabo un análisis minucioso sobre la constitucionalidad del Decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República, abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 20 de mayo, esto es, se realizó un estudio sobre su compatibilidad con el parámetro de regularidad constitucional.
#CNDH promueve #AcciónDeInconstitucionalidad contra disposiciones de la #Ley de la @FGRMexico.#DefendemosAlPueblo pic.twitter.com/kq8Wjmgoj4
— CNDH en México (@CNDH) June 22, 2021
Detalló que las normas impugnadas condicionan y/o limitan la participación y coordinación de la Fiscalía General de la República en el Sistema Nacional de Seguridad Pública; la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; la Comisión la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas; el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres; así como el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en estricto apego a su autonomía constitucional, vulnerando el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad.
Consideró que esta situación se debe a la forma en que se encuentra formulada la participación, actuación e integración de la Fiscalía General de la República en diversas instituciones:
“Pues sujeta su colaboración a un estricto respeto de su autonomía constitucional, es decir, constriñe su intervención y cooperación al margen de dicha característica constitucional, mismo que interfiere con un pleno y óptimo desempeño de sus funciones en el marco de los respectivos ordenamientos que rigen cada sistema, mecanismo y/o comisión del que se trate”.
La Comisión aseveró que dará seguimiento puntual a esta demanda de acción de inconstitucionalidad promovida.
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