Por fin, entra en vigor Ley Olimpia en México. Te explicamos de qué va

REDACCIÓN
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Portada: Pixabay

(01/06/2021).- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este martes un decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, en materia de violencia digital y mediática. Estas modificaciones son conocidas como “Ley Olimpia”. El decreto entra en vigor hoy, 2 de junio.

 

¿De qué va la Ley Olimpia?

1.- La denominada “Ley Olimpia” surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla.

2.- A partir de este hecho se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad. Esta acción que se ha replicado en 17 entidades federativas.

3.- La “Ley Olimpia” no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.

 

Estados que han tipificado bajo Ley Olimpia

Información de ordenjuridico.gob.mx

¿Cuáles son las conductas que atentan contra la intimidad sexual?

1.-Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.

2.- Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

3.-Se entiende como violencia digital aquellas acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos y que por su naturaleza atentan contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres causando daño psicológico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, además de daño moral, tanto a ellas como a sus familias.

 

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