Portada: Conferencia mañanera
(31/05/2021).- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente el dictado de medidas cautelares y volvió a ordenar al Presidente de la República que “se abstenga de difundir propaganda gubernamental y expresiones de contenido electoral hasta que se celebre la Jornada Electoral del próximo 6 de junio”.
El Partido Acción Nacional (PAN) presentó dos quejas en contra de Andrés Manuel López Obrador por las expresiones que realizó durante sus conferencias matutinas del 5 de abril al 18 de mayo, así como los días 20 y 26 de mayo. El PAN consideró que en ellas “se difundió propaganda gubernamental y se realizaron manifestaciones político-electorales”.
También denunció el incumplimiento a la pauta de los canales transmitidos por el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, Canal 11, Canal 14 y Canal 22, toda vez que, durante la transmisión de las conferencias matutinas, no se habría difundido la pauta de promocionales ordenada por el INE.
Así, “solicitó como medida cautelar la suspensión de las conferencias matutinas y su difusión en redes sociales y sitios oficiales de internet hasta el 6 de junio”.
“De las 36 conferencias de prensa analizadas, al menos en 29 de ellas y durante un total de 469 minutos, el Presidente de la República hizo manifestaciones que podían catalogarse como propaganda gubernamental o información que pudiera influir en las preferencias electorales”, aseguró el instituto.
Se consideró que la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral, al resolver el expediente SRE-PSC-80/2021, determinó el 27 de mayo de 2021 que durante la conferencia matutina del pasado 9 de abril se emitió propaganda gubernamental que no se encuentra en ninguna de las excepciones para ser difundida durante la etapa de campaña, por lo que se determinó la actualización de la infracción consistente en la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido atribuible al Presidente de México.
El INE ordenó al Presidente se abstenga de difundir logros de gobierno, incluyendo programas sociales y las personas beneficiarias, obra pública, así como emitir cualquier tipo de manifestación que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
Sin embargo, la Comisión estimó improcedente ordenar al Ejecutivo Federal que se suspenda la difusión de las conferencias de prensa matutinas ya que dicho ejercicio, por sí mismo, no contraviene norma o disposición jurídica alguna, declarando también improcedente ordenar que dichas conferencias se dejen de difundir a través de los sitios de internet oficiales.
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