Segob pide a ministros de culto respetar leyes durante el proceso electoral y no incurrir en propaganda o proselitismo político

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Portada: Pixabay

(27/04/2021).- Este lunes, la Secretaría de Gobernación emitió un comunicado donde pide vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de culto público, iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas.

“Como es de conocimiento público, el próximo 6 de junio se llevará a cabo la elección más grande en la historia de México en la que, por la vía democrática y del ejercicio libre y directo del voto, se renovará la Cámara de Diputados y diversos cargos en los 32 estados del país, entre ellos; gobernadores, legisladores locales y alcaldes.

El artículo 130 de la Constitución federal hace referencia al principio histórico de la separación del Estado y las Iglesias, estableciendo la siguiente limitante”.

Recordó que esto estable que:

“Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios”.

Así, exhortó “a todos los actores religiosos, particularmente a las y los ministros de culto, a conducirse de tal manera que, en el actual periodo de campañas electorales, continúen contribuyendo a la edificación de una sociedad plenamente democrática y respetuosa de los preceptos constitucionales, en el marco de la laicidad del Estado mexicano”.

Reiteró el llamado a “ser cuidadosos de no incurrir en propaganda o proselitismo político, sea en favor o en contra de candidatas, candidatos, ideologías partidistas o de partidos políticos”.

Recordó que entre las sanciones se encuentra una multa de hasta veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, clausura temporal o definitiva de un local destinado al culto público, suspensión temporal de derechos de la asociación religiosa en el territorio nacional o bien en un estado, municipio o localidad, y cancelación del registro de asociación religiosa.

Así, pidió a estos actores religiosos que se conduzcan “con estricto apego a la ley, eviten convertir un acto religioso en uno de carácter político y se abstengan de realizar proselitismo político”.

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